Durante la campaña electoral se habló mucho acerca de la necesidad de una asamblea constituyente, sin reparar entonces de los problemas que puede generar esta opción, los costos asociados, tiempo para concretarse, entre otras cuestiones, obligando quizás a reconsiderar la idea. Este procedimiento jurídico se ha estilado cuando se salía de un régimen dictatorial, y como medida idónea para retornar a la institucionalidad y por ende al estado de derecho que es lo que corresponde a un país civilizado.
Convocar a una asamblea constituyente, cuando funciona una asamblea nacional, es un contrasentido, un despropósito; resultaría algo como dar un giro de 360 grados para llegar al mismo lugar sin lograr los objetivos que realmente queremos para el Ecuador. Resultaría proceder como lo mencionado en la novela “El Gatopardo”: “Si queremos que todo siga igual, es necesario que todo cambie”. No es, por consiguiente, lo que aspira la ciudadanía.
Los extranjeros que redactaron la constitución del 2008, similar a la de Venezuela, incluyeron una serie de candados para impedir que ésta pueda ser modificada sin tener que pasar por procedimientos, de tal manera estructurados, que han impedido avanzar hacia los cambios que permitan, por ejemplo, eliminar aquellas estructuras absurdas, como el CPCCS, que sólo trajeron más problemas de gobernabilidad que soluciones para el país. La inversión nacional y extranjera no se ha concretado debido a las trabas para no permitir las debidas garantías para los inversionistas tan indispensables para el desarrollo.
De llevarse a cabo una constituyente se requerirá de ingentes sumas de dinero, además de requerir de al menos tres procesos electorales: una para preguntar si desean tal asamblea; otra, para elegir a los constituyentes, y, la última, para aprobar o no el texto redactado. Esto significa un desgaste político para el Presidente, el obvio cansancio y hartazgo de la ciudadanía y el ambiente de incertidumbre que no permite la consecución de las metas de crecimiento.
La otra vía sería la asamblea constitucional que, a diferencia de la constituyente que por definición es de plenos poderes, tendría solamente un mandato específico para realizar determinados cambios, pero también no procedería por existir, y funcionando, la asamblea nacional; ésta en rigor puede emprender reformas o enmiendas puntuales, varias de éstas ya fueron procesadas en el legislativo. El gobierno podría aprovechar la mayoría legislativa que tendrá a partir del 24 de mayo para apurar los trámites o proponer las suyas.
Dada la coyuntura actual, ¿por qué no retomar el procedimiento que sugiere Simón Espinosa? Este implica convocar a una consulta popular, con la modalidad de referéndum constitucional, para procurar dejar sin efecto la constitución del 2008 y adoptar el texto constitucional de 1998, actualizándola. Recordemos que la de Montecristi se aprobó mediante un referéndum, y, cómo las cosas en derecho se deshacen de la misma manera como se hacen, otro referéndum la puede derogar.
Para este proceso un grupo de juristas de altísimo y reconocido nivel, escogidos de todos los sectores, se encargaría previamente de preparar el texto actualizado a la de 1998, con las modificaciones, “ultima Constitución que pertenece a la línea matriz de Estado de Derecho y de República, que viene desde 1830”. Si nos atenemos a las rigurosidades absurdas que se nos impuso en 2008, no iremos a ningún lado y repetiremos lo de El Gatopardo.