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La constitución de Montecristi, aprobada por el pueblo ecuatoriano, entró en vigor en el año 2008. Una de las novedades que trajo fue el modelo de administración pública de descentralización y autonomía, a imagen y semejanza de la Madre Patria, España, gracias a sus autores intelectuales, Pablo Iglesias Turrión y sus camaradas que apadrinaron la ola del socialismo que desembarcó en Venezuela y se extendió a varios países latinoamericanos, incluyendo Ecuador, que creyeron en sus ofertas banales. Como era de esperarse, este trasplante de modelo administrativo no tenía muchas posibilidades de éxito. La partidocracia, adueñada de municipios, prefecturas y juntas parroquiales, convertidas en verdaderos feudos intocables, no lo permitiría. Y así ha ocurrido hasta hoy, dieciséis años más tarde.

Si bien existen muchas razones que justificarían un modelo de descentralización que involucra libertad para tomar decisiones con la participación ciudadana, que hasta la fecha no se da por enterada, juntamente con la autonomía administrativa y financiera, se requeriría un cambio radical en la mentalidad de gobernantes y gobernados, pues es la primera vez que se intenta implementarlo. Pero eso nunca ocurrió. No ha existido siquiera un proyecto experimental en dichos niveles de gobierno, que se oriente a crecer en esa autonomía. Basta mencionar que no existe propuesta alguna para identificar y alcanzar fuentes “permanentes” de recursos económicos, en la cantidad requerida para atender debidamente las competencias exclusivas y compartidas de aquellos niveles de gobierno, sin los cuales jamás alcanzarán las metas que les impone la ciudadanía en servicios básicos, aparte de otros objetivos políticos que son prioritarios para las autoridades en busca de reelección.

El Ejecutivo ha planteado una reforma al COOTAD en lo relacionado al uso de los recursos económicos, que limita al gasto “corriente” a un máximo de 30% del presupuesto anual de cada GAD, explicitando lo que se considera como inversión. La justificación es que se ha constatado en la gran mayoría de municipios y gobiernos provinciales, especialmente, que la inversión está muy por debajo del mandatorio mínimo del 70% del presupuesto. La explicación es que, por un lado, las autoridades son políticos en permanente campaña para conseguir votos a través de la “atención a sectores sociales” con actividades deportivas, culturales, humanitarias, salud, etc. que se alejan de las competencias exclusivas e impostergables que ponen en riesgo la vida de los habitantes del territorio. Por otro lado, las inversiones normalmente toman mucho tiempo en ejecutarse, desde la consultoría para el proyecto, su financiamiento, licitación, ejecución y entrega salvando los escollos que siempre aparecen. Casi siempre, la obra no alcanza a terminarse en la administración del GAD y queda para beneficio del sucesor.

Para evitar los dolores de cabeza descritos, la gran mayoría de GADs eligen caminar por un atajo, clasificando gastos como “inversión”. Por ejemplo, se contrata un grupo de 50 gestores sociales por contrato de servicios o mediante factura para cumplir funciones de “apoyo a la comunidad” y su costo se registra como inversión social. Esta interpretación autónoma ha llevado a “incrementar” la inversión justificando así los límites normados, que reduce la verdadera inversión drásticamente, en perjuicio de la ciudadanía que espera obras tangibles para resolver sus necesidades básicas. Este método de convertir en inversión casi cualquier gasto corriente ha existido por quince años hasta que, con la nueva ley aprobada, se trata de poner en orden la interpretación de lo que se considera inversión y gasto.

Para zanjar las diferencias, Ejecutivo y legislativo, junto con los afectados, pueden explicitar en detalle todas las erogaciones que se puedan considerar inversión y las que no pueden ser. Porque no hay duda de que les pusieron el dedo en la llaga.

¡LLORONES! 

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