Uno de los puntales donde se sustenta la democracia es el acatamiento a la Norma Suprema y sus leyes, el respeto al mandato de la Constitución que obliga a todos los ecuatorianos a “respetar y hacer respetar la Constitución de la Republica”, la sumisión a la institucionalidad dentro de una estructura orgánica que encierra a cinco poderes dispuestos y reglados en la Constituyente de Montecristi y parte de la actual Constitución que nos rige desde octubre de 2008.
La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se lo ejerce por medio de los órganos de la Función Judicial y por los demás órganos y funciones establecidos en la Constitución. La Función Judicial tiene autonomía y goza de independencia interna y externa, el acceso a sus servicios es gratuito, los juicios y las decisiones de los juzgadores serán públicos excepción de los casos especificados en la la ley, por consiguiente los jueces administraran justicia con sujeción a la Constitución, los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, suscritos y ratificados por el Ecuador y a la ley.
El Ecuador de hoy vive momentos de convulsión, la inseguridad nacional contra la cual lucha el gobierno nacional, las fuerzas armadas y la policía nacional, va obteniendo resultados positivos en esta guerra interna declarada. Uno de los cinco poderes que estructuran orgánicamente al Estado ecuatoriano “el Poder Judicial”, que es el encargado de administrar justicia, que goza de soberanía y por tanto de independencia en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, se ha visto desde hace varios años atrás presionado en el ejercicio de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, en dar a cada quien lo que le corresponde de conformidad con la ley.
El Poder Judicial a cargo de quien está la administración de justicia, no puede estar al servicio de quienes por voluntad popular acceden al Poder Político del Estado, debe manifestarse autónomamente y al momento de juzgar -la justicia debe ser ciega-, no puede ni debe inclinarse a las conveniencias del momento político; los juzgadores deben utilizar el marco constitucional y legal sin mirar otra cosa que no sea el derecho de quien lo haya demostrado y no la conveniencia política forzada u obligada.
El Consejo de la Judicatura Órgano de control y administrativo de la Función Judicial, constituye uno de los “inventos” de la actual Constitución de la Republica, este organismo que en uso excesivo de atribuciones hace de supervisor “de determinados casos” que se encuentran sometidos al criterio y resolución de los jueces; si lo hiciera en todos los casos, seria digno de felicitación; pero no, la supervisión o vigilancia lo ejerce con mayor y visible énfasis en aquellos casos de interés político dado que estamos en etapa preelectoral.
El ejercicio de la judicatura es cuestionado por la mayoría de ecuatorianos que han visto en el comportamiento de varios jueces y en todas las instancias procesales una conducta que incumple con la probidad de la cual deben estar investidos: sumamos el exceso de litigios ingresados fundamentalmente de delitos dentro de la administración pública que ha hecho que la Función Judicial se encuentre saturada en su trabajo, que hace que la delincuencia organizada nacional e internacional incrustada en nuestro territorio ponga en riesgo la vida de los jueces probos que todavía existen y de sus familias; se suma la presión “política” en casos visibles que avergüenzan a los ecuatorianos, porque sus principales actores son ciudadanos que han llegado a la administración pública por “votación Popular”; y esto, enfrenta a funcionarios de designación del gobierno central y personas que integran movimientos políticos de oposición. Es notorio que en el caso de los primeros los juicios se desarrollan lentamente (quemando tiempo); mientras que, en el caso de los segundos, se los realiza a unas velocidades de competencia olímpica.
Rescatable, -así algunos no concuerden- la vigencia de la Corte Constitucional, encargada de la defensa de la Constitución en última y definitiva instancia a la cual le corresponde por mandato de la Carta Suprema ejercer el control, interpretación y cumplimiento de la Ley Suprema. Si queremos devolver a los ecuatorianos la confianza en la justicia cumplamos y hagamos cumplir la Constitución y la Ley.